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Características de la Salas de Calderas
Según la normativa vigente en España, las calderas de vapor deben estar situadas en una sala o recinto de determinadas características dependiendo del producto de la presión máxima de servicio y el volumen total.
De esta forma, si dicho producto es superior a 15.000 bar·litro hablaríamos de calderas de clase segunda y si el producto es inferior a dicho límite lo haríamos de clase primera.
A continuación puede descargar dos planos a modo de ejemplo con las características mínimas marcadas por el Reglamento de Equipos a Presión para cada uno de los escenarios indicados
Normativa aplicable
La norma fundamental que regula la instalación y mantenimiento de las calderas de vapor en España es el Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.
Dentro de ese Real Decreto, es de aplicación la Instrucción técnica Complementaria ITC EP-1, de calderas.
Esta normativa fue modificada sustancialmente por el Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo.
En el siguiente enlace puede consultar la versión consolidada.